sábado, 29 de noviembre de 2008

DEFINICIONES

DEBERES

Noción recíproca a la de derecho (vid.), que designa la atadura o vínculo moral que liga al sujeto racional y libre a respetar el derecho de otro, ante todo el de Dios a ser obedecido. Se distinguen por su origen los deberes innatos y los adquiridos, y por su término, los deberes para con Dios, para con las demás personas y para con nosotros mismos. Kant pretendió fundamentar la noción de deber en el mero respeto al "imperativo categórico" o forma a priori de la razón práctica.

Lo que inflexiblemente nos impulsa por la linea de nuestro deseo en dirección al provecho propio.
www.inaoep.mx/~moises/aburrido/definicion.html


DERECHOS

Derecho es un orden concreto, instituido por el hombre para la realización de valores colectivos, cuyas normas -integrantes de un sistema que regula la conducta de manera bilateral, externa y coercible- son normalmente cumplidas por los particulares, y en caso de inobservancia, aplicadas o impuestas por los órganos del poder público.



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